lunes, 14 de diciembre de 2009

Otro papelón de Cristina Fernández de Kirchner

La presidente Cristina Fernández de Kirchner protagonizó la semana pasada un comentado "blooper" luego de faltar al acto organizado precisamente en la Casa de Gobierno, donde se iba a hacer entrega del Premio Nacional de Tango, al maestro Horacio Salgán, que justamente lleva el nombre del pianista y compositor argentino.

Para sorpresa de muchos y sobre todo de los premiados, la presidente faltó a la cita, sin que se brinde explicación alguna. (¿la educación? Bien, gracias.)

Para emendar su error, más tarde Cristina invitó a su despacho a Salgan y otros artistas. Allí les anunció que "se propone extender por ley los derechos de los intérpretes 20 años más, de los 50 actuales a 70, tal como pedían los artistas", según informó a la agencia oficial Télam.

Ocurre que lo anunciado por Cristina de Kirchner ya es ley y solo falta su promulgación para que se haga efectiva.
El pasado 25 de Noviembre, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que extiende de 50 a 70 años el plazo de los derechos de propiedad intelectual sobre las producciones artísticas musicales.

La iniciativa de los senadores oficialistas José Pampuro, Miguel Pichetto, Liliana Fellner y del radical Ernesto Sanz, establece una modificación al Régimen Legal de la Propiedad Intelectual estableciendo que "sobre sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas corresponde a los artistas intérpretes –los derechos- por el plazo de setenta años contados a partir del 10 de enero del año siguiente al de su publicación.

"Asimismo, la propiedad intelectual sobre los fonogramas corresponde a los productores de los fonogramas o sus derechohabientes por el plazo de setenta años contados a partir del 10 de enero del año siguiente al de su publicación", continúa el texto.

Agrega que "los fonogramas e interpretaciones que se encontraren en el dominio público sin que hubieran transcurrido los plazos de protección previstos en esta ley, volverán automáticamente al dominio privado por el plazo que reste, y los terceros deberán cesar cualquier forma de utilización que hubieran realizado durante el lapso en que estuvieron en el dominio público".

En los fundamentos de la norma, los autores explicaron que "la caída en el dominio público de los fonogramas está teniendo nociva repercusión en el efectivo ejercicio de los derechos de interpretes y productores".

En este sentido, señalaron que "la producción cultural musical y nacional de las décadas del 40 y del 50 se encuentran seriamente amenazadas por los actuales términos de protección que es necesario extender".

"La década del 40 en particular, fue un periodo de esplendor de nuestra música popular y de la producción de fonogramas correspondiente a artistas que le dieron brillo, entre otros, Aníbal Troilo, Osvaldo Pugliese, Atahualpa Yupanqui, Edmundo Rivero, Horacio Salgán, Osvaldo Fresedo, Alfredo De Angelis, Juan D'Arienzo, Carlos Di Sarli o Astor Piazzola, entre otros".

Los senadores consideraron que "décadas posteriores fueron también de esplendor y vieron una fuerte producción musical en el folklore, el fenómeno de la llamada ‘Música Beat', y los primeros años del género conocido como ‘Rock Argentino'".

Los legisladores advirtieron que "la producción musical y los derechos de los interpretes que grabaron en los años 50 y 60 se encuentra en inminente caída en el dominio público".

En este segmento enumeraron "las primeras producciones fonográficas de Los Chalchaleros, Los Hermanos Ábalos, las de Julio Sosa, Violeta Rivas, Palito Ortega, y, las primeras grabaciones de Roberto Sánchez ‘Sandro'"

Un caso claro y paradigmático, es el primer álbum fonográfico interpretado por Mercedes Sosa, titulado ‘La voz de la zafra', publicado en 1961, y caerá en el dominio público en el inminente 2011, si la legislación no se hubiese modificado..


Fuente: Compacto de Noticias

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